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Asambleas de Accionistas en línea

El 20 de octubre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles, mismo que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

Ahora, las asambleas de los accionistas se podrán llevar a cabo a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología (en línea), siempre y cuando se establezca esto en los estatutos sociales. De llevarse a cabo de esta manera, no se podrá considerar que la asamblea se realizó fuera del domicilio social, pero se deberá de señalar en el acta de asamblea el domicilio en el cual se llevó a cabo la asamblea respectiva. Asimismo, ya no será necesario que exista un caso fortuito o de fe fuerza mayor para que se celebren de este modo.

De llevarse a cabo de esta manera, la totalidad de los socios debe de aprobarlo y deberán tener la posibilidad de utilizar estos medios electrónicos. Las asambleas podrán celebrarse con parte o todos los asistentes de manera presencial o en línea, teniendo la misma validez, y estando firmadas con la firma autógrafa o electrónica por el Presidente y por el Secretario de la Asamblea, así como por los Comisarios que concurran.

Las personas morales podrán modificar sus estatutos si desean incluir esta nueva modalidad.

Ingresa al siguiente enlace para acceder al decreto en el DOF: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5706076&fecha=20/10/2023#gsc.tab=0

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