El pasado 08 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por medio del cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de pensiones alimenticias.
Se crea el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias cuyo objeto es concentrar la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias, a fin de dar efectiva protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
La información de los deudores morosos será pública en este Registro y se estará actualizando mensualmente la información. Para la inscripción al Registro se deberá de tener el nombre completo, CURP y RFC del deudor alimenticio; el órgano jurisdiccional que ordenó la inscripción, la cuantía del cumplimiento de la obligación alimentaria y plazo de pago de los alimentos definitivos; así como el expediente o causa jurisdiccional del cual derivó la inscripción.
El Registro emitirá certificados de no inscripción, a petición del interesado, de forma gratuita a través de un sitio web.
De estar en el Registro como deudor moroso, se obstaculizará la:
- Obtención de licencias y permisos para conducir;
- Obtención de pasaporte o documento de identidad y viaje;
- Participación de candidato a cargos concejiles y elección popular;
- Participación como aspirantes a cargo de jueces, magistrados locales o federales;
- Realizar ante notario público compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales;
- Solicitudes de matrimonio; y
- Restricciones migratorias.
Para consultar la publicación en el DOF, consulta: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5687925&fecha=08/05/2023#gsc.tab=0
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