Los contribuyentes (personas físicas) que incumplieron con la presentación de la declaración anual, en la fecha destinada para ello, dentro del mes siguiente a la fecha en la que se actualizó el vencimiento (mayo), la autoridad fiscal actualizará las obligaciones fiscales para darlos de baja del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para que desde el inicio del ejercicio que corresponda, o desde el mes siguiente en el que iniciaron operaciones, tributen en un régimen diferente al RESICO (pudiendo ser el de Actividad Empresarial y Profesional).
Lo anterior, con fundamento en los artículos 113-E y 113-I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en relación con la Regla 3.13.24 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2023.
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