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SOSPECHA DE DELITOS FISCALES CONLLEVARÁ PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA

Actualmente se encuentra en proceso legislativo la iniciativa por medio de la cual se pretende ampliar el catálogo de delitos que de sospecharse que se cometieron, se debe imponer la prisión preventiva oficiosa, misma que ya fue aprobada por la Comisión de Puntos Constitucionales.

La prisión preventiva oficiosa no es más que la encarcelación automática de una persona que está bajo la sospecha de haber cometido algún delito, conllevando con ello que se actualice una especie de “pena” anticipada, pues obliga a las personas investigadas a estar en prisión sin justificación alguna, ni condena, durante su proceso judicial (independientemente de que no se hayan encontrado culpables).

Esta reforma es respecto al artículo 19 de la Constitución Federal, misma que es fuertemente criticada por ser inconvencional, ya que es contraria a los tratados internacionales a los que México forma parte y se comprometió a cumplir, como lo son la Convención de Viena y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Incluso, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya se ha pronunciado al respecto esta figura jurídica, categorizándola como inconvencional al violar derechos humanos como el de no ser privado de la libertad arbitrariamente, a la presunción de inocencia, igualdad y no discriminación, entre otros (caso Tzompaxtle Tecpile y García Rodríguez y otro vs México).

Entre los muchos delitos que se buscan incluir en el artículo 19, se encuentran los delitos fiscales como lo son la defraudación fiscal, contrabando, y falsificación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos simulados.

Por lo tanto, ante la más mínima sospecha de haber cometido alguno de estos delitos, tanto si fue por un error contable del contribuyente, como si la autoridad realizó una auditoría de forma ilegal y determinó incorrectamente que existe una discrepancia fiscal/contable, con el solo hecho de que se te impute la comisión de este delito te haría sujeto a pasar todo el proceso penal en prisión, bajo la medida de prisión preventiva oficiosa, por lo que podrían pasar meses o años de que se esté privado de la libertad sin siquiera haber sido declarado culpable.

Con lo anterior, se refuerza la necesidad de encontrarse debidamente asesorado de la mano de contadores y abogados de confianza, que permitan proteger tu patrimonio y ahora tu libertad.

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